Normas de recolección de setas

Normas de Recolección

Para poder disfrutar de la recolección de setas sin dañar la naturaleza y asegurándonos una correcta dispersión de las esporas, hay que seguir una serie de fáciles normas.

     Folleto Informativo

  1. Se debe obtener el correspondiente permiso para la recolección de setas en las áreas reguladas. El titular del permiso, deberá cumplir las condiciones generales y específicas de cada área de regulación micológica.
  2. Los menores de 14 años no están obligados a obtener el permiso, pero para recolectar deberán ir acompañados de un adulto con permiso.
  3. El permiso es personal e intransferible y deberá ser presentado a requerimiento del personal de vigilancia autorizado o de la autoridad competente junto a un documento acreditativo de identidad (D.N.I. o equivalente).
  4. El permiso de recolección está vinculado siempre al área de recolección para la que se expide.
  5. Todas las setas que porte el recolector deberán haber sido recolectadas en los montes objeto de regulación, dentro del área de recolección regulada para la que se emite el permiso.
  6. Para la recolección y el traslado de las setas recolectadas se deberán utilizar cestas o recipientes similares que permitan la aireación de éstas. Queda prohibido el uso de bolsas de plástico dado que éstas impiden la transpiración y la caída al exterior de esporas.
  7. Queda prohibido arrancar los ejemplares de setas con la mano, desde la base del pie, llevándose el micelio, excepto aquellas especies que requieran del mismo para su correcta identificación.
  8. Queda prohibido recoger setas los lunes y los martes excepto si son festivos a nivel nacional o regional.
  9. Solo podrán recogerse aquellas setas que hayan llegado a su tamaño normal de madurez, dejando en el lugar, sin deteriorar, los ejemplares que se encuentren pasados, rotos o alterados.
  10. La recolección de setas deberá realizarse sin causar daño al monte, quedando, por tanto, expresamente prohibido rastrillar el suelo o dañar el micelio de los hongos, estropear las setas de aquellas otras especies que no vayan a recogerse pues ellas cumplen una función importante en el ecosistema forestal, habiendo incluso muchas especies de setas que pueden tener un gran interés científico o ser utilizadas para estudios, exposiciones o publicaciones.
  11. No está permitida la actividad de compra-venta de setas en los montes y caminos forestales. En su caso, los ayuntamientos designarían los espacios o locales expresamente autorizados para ejercer esta actividad.
  12. Está terminantemente prohibido dejar basuras en el monte.
  13. No está permitido encender fuego en zonas no autorizadas para ello.
  14. Por motivos ecológicos se podrán establecer limitaciones temporales que podrán afectar a la recolección en ciertas áreas o la recolección de determinas especies.
  15. En el caso de montes con accesos vallados, los recolectores deberán dejar las vallas cerradas a su paso.
  16. Se prohíbe recolectar setas durante la noche: desde la puesta de sol hasta el amanecer.
  17. Todas las condiciones podrán ser suspendidas y/o modificadas por la Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja o Ayuntamientos de la Sierra de Moncalvillo (Viguera, Nalda y Sorzano).
  18. Ni la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ni los Ayuntamientos u otras entidades propietarias serán responsables de los posibles daños y perjuicios provocados por el consumo de setas.
Decreto regulador de recolección de setas, 1/2015, de 9 de enero

Variedades más comunes en la Sierra de Moncalvillo

Recolección de boletus Edulis

Boletus Edulis

Recolección de setas Lactarius deliciosus (Níscalo)

Lactarius deliciosus(Níscalo)

Recolección de setas Agrocybe aegerita (Seta de Chopo)

Agrocybe aegerita (Seta de Chopo)

Recolección de setas Amanita Cesarea

Amanita Cesarea

Recolección de setas Boletus Edulis

Boletus Edulis